martes, 14 de febrero de 2017

Comunicado CCOO-UGT: Reuniones con Grupos Parlamentarios



Buenos días, 

​Os adjuntamos el comunicado conjunto de las Secciones Sindicales de CCOO y UGT en Tragsatec sobre el problema planteado en la Comunidad Valenciana con las encomiendas, así como un resumen de las reuniones con los distintos partidos políticos.​

​Seguiremos informando​

Aclaración sobre código de absentismo



Estimadas compañeras y compañeros: Desde el CETV, hoy mismo hemos recordado a Dirección nuestras objeciones a cerca de la imputación al código Absentismo así como al correo de aclaración que habréis recibido de vuestros responsables:


​       Con respecto al mail que se está distribuyendo a la plantilla sobre la aclaración del código de absentismo, queremos comentar:

-          Ya que el comité de empresa solicitó aclaración  a dirección  vía mail,  hubiera sido un detalle nos hubierais remitido esta comunicación a la representación legal para que fuera conocedora de  lo que se iba a comunicar a la plantilla.

-          Con respecto a:

“… se imputa en el proyecto como Absentismo: término que desde siempre se ha utilizado en los dosieres de información que trimestralmente se entrega a la parte social (intercentros y RSE)y que se   entiende como cualquier ausencia del trabajador en el puesto de trabajo aunque la misma esté justificada: vacaciones… etc.”

Es verdad que en la RSE (Representación Sindical Estatal de Tragsatec) se dan datos trimestrales sobre absentismo que posteriormente son trasladados al comité de empresa de Tragsatec Valencia, pero tenemos que aclarar que son datos globales,  por mes,  que no se desglosan ni por conceptos ni por delegaciones, no asumiendo ni entendiendo la representación legal nada, ni qué imputa la dirección a este concepto,  ni las causas. Es por ello que este Comité presentó denuncia ante la inspección de Trabajo de Valencia el 26/11/2014 solicitando que se aportaran las Estadísticas sobre el índice de absentismo y sus causas,  formulando la inspección de Trabajo requerimiento a la empresa al amparo del art. 7.3  de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre,, al objeto de que se cumpla con la entrega de la información al comité con carácter trimestral,  en los términos “La información se deberá facilitar por el empresario al comité de empresa,…. de una manera y con un contenido apropiados, que permitan a los representantes de los trabajadores proceder a su examen adecuado y preparar, en su caso, la consulta y el informe, informe que aún no ha podido emitir el Comité en virtud del art. 64 del Estatuto de los trabajadores  porque la dirección de la empresa no ha facilitado nunca la información en los términos solicitados,   ni  ha requerido nunca la consulta previa, incumpliendo,  a nuestro entender, con el requerimiento hecho por la inspección de trabajo.

Desde este Comité de empresa, tal y como hemos trasladado a través de las Secciones sindicales Estatales a la dirección de Madrid,  solicitamos que de forma inmediata se retire el término absentismo tanto en el procedimiento de referencia como de las imputaciones (independientemente de la causa o la repercusión) de los partes horarios, y más a sabiendas que la plantilla no se puede negar a cumplir con una orden directa de imputación dada por la dirección de la empresa.

-          Por último comentarte, que las vacaciones no van al código absentismo, se siguen imputando en un código  específico

Saludos
     
Comité de Empresa
Tragsatec Valencia​

miércoles, 1 de febrero de 2017

Imputación Absentismo



Ante las últimas instrucciones remitidas a la plantilla sobre modificación de los códigos de imputación en los partes horarios y concretamente a lo referente a:

       ABSENTISMO: se considerará como absentismo todo aquel tiempo no trabajado  y retribuido por la empresa: mudanza, horas de examen, enfermedad familiar, bajas, etc. Este absentismo se cargará desde la primera hora a un código que se creará a tal efecto en cada Unidad de Gestión Directa.

El comité de empresa quiere expresar a toda la plantilla que está en total desacuerdo en lo que concierne a la imputación de horas a un código en el que se ha utilizado el desafortunado término de absentismo, por la connotación laboral que puede o pudiera tener, ya que a todos los efectos es una ausencia justificada, es decir un permiso retribuido con el correspondiente justificante del mismo y entendemos que un trabajador nuca puede poner conscientemente en un parte horario absentismo, ya que es una falta deliberada al puesto de trabajo. Desde este comité se ha pedido explicación lógica y razonada a la dirección en cuanto al motivo del cambio de imputación dado que no hemos podido tener acceso al procedimiento que se menciona CGE.03 CONTROL DE GESTIÓN: CUENTAS DE GESTIÓN DEL GRUPO TRAGSA, pidiendo también se elimine ese término de cualquier imputación horaria.

Correo enviado a Dirección:
  
Buenos días:



      Desde el comité de Empresa Tragsatec Valencia solicitamos información detallada de la causa de los cambios de imputación en los partes de horas, ya que el procedimiento aún no está colgado en la Tragsanet,  según las instrucciones remitidas por la dirección de la Delegación Autonómica a los responsables de proyecto y que se ha comunicado a la plantilla (adjuntamos correo)

   

     Queremos manifestar también, igual que lo trasmitimos a Madrid, el inapropiado término “absentismo” que se ha utilizado,  y el revuelo y malestar que está provocando en la plantilla.



    Rogamos nos contestéis a la mayor brevedad posible para comunicar



   Saludos



Comité de Empresa Tragsatec Valencia


En espera de recibir la respuesta de la empresa para hacer valoraciones pertinentes y dado que aún no están habilitados los códigos, recomendamos realizar los partes como se han venido haciendo hasta ahora y guardar pantallazo de ese parte hasta que estén los nuevos códigos habilitados y la empresa nos proporcione las explicaciones que hemos solicitado.

Seguiremos informando