Estimadas
compañeras y compañeros:
Os ponemos enlaces a la
convocatoria para el FAV 2016, así como el acta de la reunión del pasado miércoles
y el anexo para solicitar la ayuda.
La Empresa va a colocar esta información en los tablones de las oficinas.
- Especial atención a la firma de consentimiento de cesión de datos del titular y cónyuge y declaración jurada sobre otros préstamos.
- La falta de
alguno de los documentos obligatorios supone la exclusión automática del
procedimiento.
- Mirad los
plazos atentamente.
- Tened en
cuenta que la solicitud no supone la concesión automática del
préstamo. Es muy importante tener esto presente cuando,
para la adquisición de primera vivienda, se presente, junto con la solicitud, un
contrato de arras puesto que la no concesión del préstamo podría
suponer la pérdida de la señal entregada (Art. 8.5.a.)
- La concesión
de un préstamo a tipo inferior del valor del dinero puede repercutir
ligeramente en el IRPF
-
Os recordamos que en función a lo establecido en la sentencia 0018/16
de fecha 10 de febrero de 2016 ostentan el derecho de beneficiarios el
personal indefinido no fijo.
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