martes, 22 de diciembre de 2020

Calendario Laboral Valencia 2021

Estimadas compañeras y compañeros,


Os adjuntamos el calendario laboral de Tragsatec Valencia para el año 2021.


Indicaros que este próximo año el 24 de junio es “festivo recuperable” en la Comunitat Valenciana, por el Decreto 158/2020, de 23 de octubre, del Consell, de determinación del calendario laboral en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (DOGV de 28 de octubre de 2020). Es decir, ese día no se trabaja pero se debe recuperar las horas. Además, al ser jueves se podría interpretar que debe generar puente como el resto de festivos que caen martes o jueves. Esto suponía recuperar las horas correspondientes a 2 días (festivo recuperable + puente). Así pues, para reducir el incremento de jornada diaria en invierno para el próximo año, se ha acordado con la Empresa que no genere puente teniendo en cuenta la peculiaridad de ese “festivo recuperable”. No obstante, quien desee disfrutar del puente puede hacerlo a través de los días de libre disposición o vacaciones.

 

En relación a la Resolución de Presidencia COVID-19/10, publicada este miércoles, la Dirección de la Empresa en Valencia nos ha confirmado que, en tanto continúe la emergencia sanitaria en España, se mantienen hasta el 30 de junio de 2021 las medidas de flexibilidad horaria disponibles en la actualidad. Recordaros que estas consisten en: posibilidad de entrada a las 7 de la mañana (si la apertura de la oficina lo permite), no necesidad de cumplimiento del tronco obligatorio, jornada intensiva todos los días, poder flexibilizar los tiempos muertos entre mañana y tarde. Siempre de manera acordada con tu responsable. 

 

Desde el Comité de Empresa Tragsatec Valencia Os deseamos Salud y unas Felices Fiestas!!!

lunes, 28 de septiembre de 2020

Plan reincorporación oficina CC11 a partir del 1 de octubre

Estimados compañeros y compañeras:

 

Si bien la reciente Resolución de Presidencia establece que el día 1 de octubre, aún sin previo aviso por parte de los responsables y/o dirección, todo el personal de Tragsatec (excepto el personal sensible evaluado por Quirón Prevención, con conciliación familiar autorizada o solicitada y no contestada), debe estar reincorporado en las oficinas, consideramos que nadie debería incorporarse sin previo aviso por parte de los responsables, pues así nos lo transmitió la Dirección de Valencia, y teniendo en cuenta que las oficinas de Tragsatec Valencia aún no están adaptadas para la reincorporación (Ramón Gordillo está en obras, en Cronista 11 instalación de Mamparas y en Cronista 2 aún no tenemos información de las medidas adoptadas). No obstante, ante la duda, por favor preguntar directamente a vuestro Responsable.

 

Queremos añadir, que tras las presiones realizadas durante la semana pasada ante diferentes direcciones y subdirecciones de esta empresa solicitando expresamente un mínimo de la distancia mínima de seguridad de 1,5 m. entre puestos, aún con instalación de mamparas, el viernes la Dirección de Valencia nos comunicó que está estudiando medidas alternativas a la reincorporación total durante todos los días de la semana, valorando la posibilidad de establecer turnos u otras medidas.

La representación social ha solicitado se nos remita información detallada y escrita para su estudio, sobre las que os informaremos puntualmente. En este sentido, esperamos que no suceda de nuevo un cambio de criterio de última hora, como viene siendo habitual, para así evitar futuros conflictos ante la autoridad laboral.

 

Para cualquier duda, nos puedes consultar

 

Seguiremos informando

viernes, 18 de septiembre de 2020

Aplicación Resolución de Presidencia Covid-19/9 en Valencia

El  Comité de Empresa de Tragsatec Valencia (CETV ) acaba de mantener reunión con la Dirección de Valencia, estando presente el gerente de RRHH y la Jefa de Departamento de la UT2, y los coordinadores de Territorio en Valencia, a la que no pudo acudir el Jefe de la UT2, para tratar como único punto la aplicación en Valencia de la instrucción de Presidencia publicada este lunes Resolución de Presidencia COVID-19/9 "Instrucciones para la consolidación de la actividad del Grupo Tragsa acorde a la prevención, contención y coordinación precisa para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionado por el COVID-19/9".

Donde dije digo, digo Diego”.

 

Hasta la fecha la Empresa nos había comunicado en las distintas reuniones que “no quería forzar los aforos, por ejemplo, instalando mamparas” y cumpliría el aforo calculado hasta ahora por oficina, donde se establecía una distancia de 2 metros entre puestos de trabajo y una capacidad aproximada del 60%.

Pues resulta que ahora han cambiado de opinión y ya no es así, ahora el aforo se calcula con una distancia entre puestos de trabajo de 1,5 metros de distancia, y si no se cumple la distancia anterior, se van a instalar mamparas.

Porque quieren una ocupación casi del 100% de las oficinas.

Esto nos parece una tomadura de pelo al Comité de los trabajadores y trabajadoras de Valencia, así como un despropósito con la situación actual de rebrotes y una temeridad, especialmente cuando el personal de Tragsatec Valencia ha demostrado su capacidad de poder trabajar en régimen domiciliario.

En este sentido la Empresa ha comunicado que "la no reincorporación será una excepción".

A continuación, se ha tratado la aplicación de la instrucción por colectivos:

- Personal sensible. El personal acreditado y reconocido como sensible se mantiene en régimen domiciliario indefinidamente en tanto dure la emergencia sanitaria. Por lo tanto, no debe solicitar mantener el régimen domiciliario que disfruta.

Ahora bien:

a)    Cualquier persona puede adquirir en cualquier momento la condición de sensible, por lo que deberá seguir el protocolo establecido por la empresa para su valoración por Quirón Prevención publicada en la Intranet el pasado mes de junio. 

b)    Quien no solicitara la condición de sensible por estar ya en régimen domiciliario por conciliación familiar, lo puede hacer ahora.

c)    Se estudiarán los casos donde el personal sensible solicite su incorporación voluntaria a la oficina de forma parcial o permanente, siempre y cuando el servicio de prevención no aconseje su incorporación.

d)    La instrucción establece que aun estando bajo régimen domiciliario puede ser requerida la presencia de este personal en centro de trabajo por el tiempo necesario.

Asimismo, hemos solicitado que se mantenga en régimen domiciliario a quién lo solicite hasta su valoración por Quirón Prevención.

 - Personal que actualmente tengan la condición acreditada y reconocida de conciliación familiar como consecuencia del COVID-19. Este personal se reincorporará a la oficina, a menos que soliciten mantener esa condición con posterioridad al 1 de octubre, y la Empresa lo autorice por considerar justificadas las razones expuestas por el personal.

Ahora bien:

a)    Como aún no se ha publicado la incidencia, las personas que soliciten la continuidad se mantendrán bajo régimen domiciliario en tanto reciban contestación a la solicitud de continuidad formulada.

b)    Con carácter general, la excepcionalidad se reconocerá cuando se acredite que las condiciones para la conciliación familiar no son posibles y que éstas son consecuencia de la pandemia.

c)    En caso de cierre de centros escolares por causas derivadas de la pandemia o síntomas del menor de 14 años, el personal de Tragsatec que ha estado en régimen domiciliario, podrá comunicar a su responsable la circunstancia y podrá acogerse ese día o días a la modalidad de trabajo en domicilio, aunque no se curse baja laboral.

 - Personal que no se encuentre dentro de las dos situaciones concretas de excepcionalidad antes señaladas (personas sensibles, personas que acrediten la necesidad y se autorice continuar en conciliación como consecuencia del COVID-19) y que aún no se haya incorporado a su puesto de trabajo habitual, deberá estar incorporado al mismo a fecha de 1 de octubre. No obstante, la Empresa procederá a notificar individualmente las fechas de reincorporación. En este sentido, como no hay establecido plazo entre comunicación y reincorporación hemos solicitado que sea razonable (mínimo 2-3 días).

Por otro lado, os confirmamos que se mantiene, al menos hasta el 1 de enero de 2021, el régimen de flexibilidad horaria que se disfruta actualmente, que consiste en: posibilidad de entrada a las 7 de la mañana (si la apertura de la oficina lo permite), no necesidad de cumplimiento del tronco obligatorio, jornada intensiva todos los días. Hemos solicitado que se mantenga para el próximo año, en tanto dure la emergencia sanitaria. 

La Empresa tiene previsto publicar en la intranet las instrucciones que son generales para todo el personal de Tragsatec, junto con un formulario de preguntas y respuestas.

Por último, la Empresa creará una nueva incidencia para el control diario del personal que se mantenga en régimen domiciliario. Esto facilitará, entre otros, el cálculo correspondiente de los tickets comedor a los que realicen una parada de 1 hora para comer. En este sentido, la Empresa tiene previsto entregar los tickets correspondientes desde marzo al 15 de junio, así como la segunda quincena de septiembre. Para ello tomará como referencia la media de las tardes trabajadas por cada trabajador desde enero a marzo de 2020.

Para cualquier duda o aclaración no dudes en ponerte en contacto con nosotros

lunes, 14 de septiembre de 2020

Resolución de Presidencia Covid-19/9

Hoy se ha publicado en la intranet y se ha remitido a la representación legal y al personal de Tragsatec la Resolución de Presidencia COVID-19/9 "Instrucciones para la consolidación de la actividad del Grupo Tragsa acorde a la prevención, contención y coordinación precisa para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionado por el COVID-19/9".

Por ello, ya hemos solicitado reunión con la Dirección de la Empresa para conocer y tratar su aplicación en la Delegación de Valencia.

Asimismo, acabamos de consultar las cuestiones más inmediatas a RRHH:

1)      Tal y como se establece en el apartado 1.5 de la Resolución, el personal sensible se mantiene en régimen domiciliario indefinidamente en tanto dure la emergencia sanitaria. Por lo tanto, no debe solicitar mantener el régimen domiciliario que disfruta. Cualquier persona puede adquirir en cualquier momento la condición de sensible, por lo que deberá seguir el protocolo establecido por la empresa para su valoración por Quirón Prevención publicada en la Intranet

2)     Tal y como se establece en el apartado 1.7 de la Resolución, las personas que actualmente tengan la condición acreditada y reconocida de conciliación familiar como consecuencia del COVID-19, y que estimen que esa condición se deba mantener con posterioridad al 1 de octubre, deberán solicitar a partir de la fecha de esta instrucción y siempre antes del 1 de octubre, la continuidad del régimen domiciliario. Está pendiente que la empresa facilite el formato de la solicitud, en la que igual no es necesaria adjuntar de nuevo la documentación, y aclaración de si se puede solicitar parcialmente (en días o en horas dentro de la jornada semanal)

3)     Se mantiene, al menos hasta el 1 de enero de 2021, el régimen de flexibilidad horaria que se disfruta actualmente, que consiste en: posibilidad de entrada a las 7 de la mañana (si la apertura de la oficina lo permite), no necesidad de cumplimiento del tronco obligatorio, jornada intensiva todos los días.

Seguiremos informando,

jueves, 3 de septiembre de 2020

Comunicado CETV: Regimen extraordinario flexibilidad horaria y Presencia en oficina

Compañeras y compañeros, desde el CETV os hacemos llegar la reciente información que nos ha comunicado la dirección de la Empresa, completándola con nuestras aportaciones:  

 

1)    Se amplía hasta el 1 de octubre, o hasta nueva resolución de Presidencia, el régimen extraordinario de flexibilidad horaria establecido en el art. 2.8 de la resolución de Presidencia 19/8  (Instrucciones para la aplicación del RD 21/2020) que finalizaba el 15 de septiembre.

Recordaros que este régimen consiste en: posibilidad de entrada a las 7 de la mañana (si la apertura de la oficina lo permite), no necesidad de cumplimiento del tronco obligatorio, jornada intensiva todos los días… excepto la concentración de la jornada semanal de lunes a jueves que estuvo vigente durante el estado de alarma.

Tampoco continúa vigente la concesión automática de reducciones de jornada, excedencias y vacaciones. Por lo tanto se deben solicitar con los plazos y procedimientos establecidos en la empresa y en la normativa laboral.  

Aunque estas medidas son de aplicación a todo el personal de Tragsatec, la dirección de la empresa considera que la jornada diaria debe adaptarse en su distribución a la mejor atención posible para el cumplimiento del servicio, por lo que puede quedar limitado o condicionado en caso de personal en cliente o de alguna asistencia concreta, previa información y consulta con la representación legal.

Asimismo, antes del 1 de octubre, la Empresa tiene previsto publicar una nueva instrucción para regular el funcionamiento tanto en obras, como en oficinas. Desde el comité de empresa estamos pendientes de esta resolución para intentar buscar soluciones con dirección a problemas que puedan surgir, por ejemplo cómo proceder ante la necesidad de cuarentena de un/una menor u otros derivados de la vuelta presencial a los colegios, o un aumento de casos de transmisión comunitaria en nuestra comunidad autónoma.

2)    En cuanto al aforo de las oficinas de Valencia, la Empresa no tiene intención de “forzarlo”, por ejemplo instalando mamparas. Se respetará el aforo y distribución de los puestos calculado con los 2 metros de seguridad entre puestos de trabajo.

En este sentido, antes de que finalice la permanencia en régimen domiciliario, la Empresa deberá acordar con la parte social, entre otras cuestiones, cómo realizar la ocupación de las oficinas.

3)    En la Oficina de Ramón Gordillo 7 se procederá a cambiar el sistema de ventilación, con una duración aproximada de entre 2 a 3 semanas. No obstante, será la Empresa quien comunique a los trabajadores de esa oficina la nueva fecha de reincorporación.

Estas obras atienden a la petición que realizamos desde el comité de Seguridad y salud sobre la necesidad de adecuar el sistema de refrigeración y ventilación de RG7 para el control de la transmisión.

 

El CETV está trabajando para que la presencia en oficina se desarrolle del modo más seguro posible y retomamos nuestra actividad habitual en todos los ámbitos, por lo que no dudes en ponerte en contacto con nosotros y nosotras para cualquier duda o aclaración.

 

Saludos.