viernes, 11 de mayo de 2012

Pagos atrasos convenio

En virtud del artículo 33.3 del “XVI Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería y oficinas de estudios técnicos” la empresa ha procedido a abonar a los trabajadores como concepto de “atrasos” un 0,4 % del salario desde noviembre de 2011 a marzo de 2012, al superarse el 2% del IPC anual previsto en noviembre de 2011. Asimismo en la nomina de abril debe reflejarse ese incremento salarial. Compruébalo, y si tienes cualquier duda ponte en contacto con Recursos Humanos o el Comité.

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